Colegiados Desempleados

COMUNICACIÓN URGENTE DE INTERÉS PARA LOS/AS COLEGIADOS/AS EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO.

CONDICIONES PARA OBTENER LA EXENCIÓN DE LA CUOTA COLEGIAL Y CUOTA DEL CONSEJO GENERAL AÑO 2023: 

1.- Tendrán derecho a esta subvención los/as veterinarios/as colegiados/as que hayan trabajado hasta 4 días durante trimestre completo (tras acuerdo de la Junta de Gobierno del 3 de Agosto de 2021).

2.- Deberán acreditar esta condición mediante la presentación en el Colegio de un certificado de vida laboral que abarque el trimestre completo al que se le aplicará la subvención, por lo que el certificado deberá solicitarse una vez acabado el trimestre, pero con tiempo suficiente para que os dé tiempo a presentarlo en el Colegio dentro de los 8 días del mes siguiente.

Para poder acogeros en esta subvención, se establecen los siguientes límites para la entrega del correspondiente certificado de vida laboral:

1º trimestre: Recogida de documentación del 1 al 8 de abril

2º trimestre: Recogida de documentación del 1 al 8 de julio

3º trimestre: Recogida de documentación del 1 al 8 de octubre

4º trimestre: Recogida de documentación del 1 al 8 de enero (2024)

Os rogamos que estéis atentos a los plazos establecidos ya que bajo ningún concepto se podrán prorrogar, puesto que el Consejo General exige el envío rápido del listado definitivo de colegiados para poder realizar la facturación y hacer que el sistema sea efectivo, desde el punto de vista de la gestión del Consejo General.

Una vez que el Colegio compruebe la veracidad de los datos se eximirá de la cuota que corresponda. No se admitirá ninguna documentación fuera de los plazos establecidos.