27/12/2021

De cara a los viajes de animales de compañía durante este periodo, os recordamos ciertos aspectos que hay que tener en cuenta:

–          En la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación existe información extensa sobre los requisitos sanitarios para viajar con animales de compañía (fuera y dentro de la UE):

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/desplazamiento-animales-compania/

–          En el caso de perros, gatos y hurones que viajen a países y territorios NO incluidos en el listado de países del Reglamento (UE) nº 577/2013, es necesario que tengan una prueba de anticuerpos de rabia antes de volver a España. Recomendamos enormemente realizar esta prueba antes de viajar a dichos países y desaconsejamos que los animales viajen sin la prueba (si la realiza en dichos países tienen que esperar 3 meses para volver).

–          Para viajar a países no pertenecientes a la Unión Europea, es muy posible que sea necesario una certificación por parte de un veterinario oficial de la Delegación/Subdelegación del Gobierno. Los requisitos para viajar con animales de compañía a terceros países pueden consultarse en CEXGAN, donde también se debe solicitar la emisión del Certificado Sanitario de Exportación (obligatorio ya en algunas unidades, voluntario temporalmente en otras):

https://servicio.mapama.gob.es/cexgan/Acceso.aspx

–          En caso de dudas, siempre es aconsejable contactar con el Servicio de Sanidad Animal de su provincia o de la provincia más cercana:

https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/listapuntosentrada19012021_tcm30-378899.pdf

Viajar con mascotas en la Unión Europea