Desplazamiento no comercial de animales de compañía
En cumplimiento de la normativa comunitaria (Artículo 11 del REGLAMENTO (CE) Nº 998/2003 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 26 de mayo de 2003) y en aras a facilitar la actuación del veterinario clínico ante la posible aparición de un perro ilegalmente importado en su consulta, se ha considerado que podría resultar de interés, la elaboración de una nota informativa para el veterinario clínico que aborde la normativa implicada y que afecta al movimiento de animales de compañía con origen o destino en nuestro país.
Área de Gestión y Coordinación.- Subdirección General de Sanidad Exterior.- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.